El pasado mes de mayo el Poder Ejecutivo realizó modificaciones al plazo de extensión para los Proyectos de gran Dimensión Económica, en el marco de amparo de la Ley de Inversiones con destino a viviendas y oficinas, los cuales se les otorga importantes beneficios tributarios.
Estas modificaciones surgen por la necesidad de ampliar el plazo para la presentación de proyectos de inversión, así como el plazo máximo para ejecutar las inversiones amparadas en el régimen de promoción, se extienden los siguientes plazos:
1. Los proyectos deben ser presentados antes de la fecha 1º de enero de 2024.
2. El periodo de ejecución de inversiones no se podrá extender más allá de la fecha 30 de septiembre de 2026.
No obstante, las inversiones ejecutadas:
Hasta el período de (60) sesenta meses contados a partir de la fecha en que el Gobierno Departamental correspondiente otorgue el permiso de construcción para el proyecto.
Hasta el período de (48) cuarenta y ocho meses contados a partir de la fecha de presentación del proyecto ante la Comisión de Aplicación, los cuales deben estar inscritos en el Banco de Previsión Social.
En relación con los proyectos presentados bajo el régimen original se extendió el plazo para la ejecución de las inversiones comprendidas hasta el 31 de diciembre de 2023.
Recordemos que la ejecución de proyectos de gran dimensión económica otorga importantes beneficios tributarios una vez que se haya dado cumplimiento a todos los requisitos exigidos por la COMAP y se haya emitido la inclusión del proyecto en el marco de la actividad promovida, entre ellos destacan:
• Exoneración en las importaciones.
• Crédito de Impuesto al Valor Agregado (IVA) – otorgado mediante certificados de créditos.
• Exoneración del IRAE, dependerá del porcentaje establecido para el proyecto de inversión.
• Exoneración del Impuesto al Patrimonio, por un plazo de (8) ochos años si el proyecto se encuentra dentro de Montevideo y por (10) diez años si se desarrolla en el interior del país.